Ajustes y adiciones a la Ley Federal contra discriminación
- gildaafr
- 7 ene 2024
- 2 Min. de lectura
Con el objetivo de prevenir un aumento en la discriminación entre individuos debido a múltiples circunstancias, el gobierno federal ha decidido realizar modificaciones en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
El primer cambio implica la inclusión de una sección que define la "discriminación interseccional", la cual se presenta cuando dos o más motivos prohibidos de discriminación actúan simultáneamente, generando un impacto mayor que la simple suma de cada motivo por separado.
El segundo ajuste consiste en la incorporación de una nueva sección en el artículo 9, la cual establece que nadie puede obstaculizar, denegar, restringir o condicionar el acceso de las personas con discapacidad a lugares públicos donde se permita la presencia de personas o animales de apoyo o asistencia.
A través de dos decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), estas adiciones a la ley buscan esclarecer situaciones específicas con el fin de eliminar la exclusión que tiende a afectar especialmente a los grupos más vulnerables del país.
La sección que aborda la discriminación interseccional tiene como propósito salvaguardar y asegurar los derechos de aquellas personas que, debido a más de dos circunstancias en su vida, experimentan una doble discriminación.
El decreto especifica que la discriminación directa ocurre cuando una persona recibe un trato menos favorable que otra en una situación similar, debido a una causa relacionada con uno o varios de los motivos prohibidos de discriminación mencionados en la ley.
Por otro lado, la discriminación indirecta se produce en el ámbito público o privado, cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutral puede implicar una desventaja particular para personas pertenecientes a un grupo específico, a menos que dicha disposición, criterio o práctica tenga una justificación razonable y legítima.
En cuanto a la discriminación estructural o sistémica, se refiere al conjunto de normas, reglas, rutinas, patrones, actitudes y pautas de comportamiento que conducen a una situación de inferioridad y exclusión generalizada contra un grupo de personas, perpetuándose a lo largo del tiempo.
Finalmente, la segunda adición al artículo 9 de la ley establece que no se debe obstaculizar ninguna medida de accesibilidad en el entorno físico, transporte, información, tecnología y comunicaciones, así como en servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, y otros elementos destinados a la accesibilidad y movilidad de las personas con discapacidad.
La modificación de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, mediante la introducción de definiciones claras y disposiciones específicas, refleja el compromiso del gobierno federal mexicano en abordar de manera efectiva la discriminación en todas sus formas. La inclusión de la noción de "discriminación interseccional" demuestra un reconocimiento crucial de las múltiples dimensiones de la discriminación y la necesidad de abordar las intersecciones de factores que pueden generar una exclusión más profunda.
En resumen, estas adiciones a la ley representan un paso significativo hacia la construcción de una sociedad más inclusiva y justa en México, abordando tanto la discriminación interseccional como la accesibilidad para las personas con discapacidad. Sin embargo, el éxito de estas medidas dependerá de la implementación efectiva y del seguimiento continuo para garantizar que se traduzcan en cambios tangibles en la vida de las personas afectadas.





Comentarios